actualidad como evitar pagar la legitima

2024Consejos legales para evitar la legítima en Cataluña Herencias 20232024

En diversas situaciones, es más conveniente otorgar al heredero forzoso los bienes que le correspondan en su parte, ya que la división de un inmueble puede conllevar complicaciones de índole burocrática.

Cómo puedo impugnar la privación de mi legítima

La conservación del derecho a la legítima dependerá de lo estipulado en la donación, ya que ésta puede ser imputada a la misma. Según lo dictado en el artículo 451-27 del CCCat, en Cataluña se cuenta con un plazo de diez años para reclamar la legítima antes de que prescriba el derecho de cobro.

Es importante recordar que se cuenta con un plazo de diez años desde la fecha de la defunción para reclamar la legítima. Además, se pueden sumar a esa cantidad los intereses legales correspondientes al periodo de tiempo entre la fecha de defunción y la fecha de cobro.

LA HERENCIA CONTRA LA FACULTAD DE DECIDIR QUIÉN RECIBE

A partir de la información histórica disponible, se puede afirmar que la existencia de la legítima implica una restricción a la libertad de testar. Es el legislador quien impone este límite al testador en beneficio de su familia. Según el art.806 del Código Civil -EDL 1889/1-: "la legítima es la parte de los bienes que el testador no puede disponer porque la ley la reserva a ciertos herederos, conocidos como herederos forzosos".

En términos generales, la legítima limita la capacidad del testador de disponer de sus bienes después de su muerte. Incluso si el testador no lo desea, o lo considera injusto o inadecuado, debe respetar esta parte en favor de los legitimarios. Por lo tanto, la ley reserva ciertos bienes a determinadas personas y restringe la libertad testamentaria del causante.

Los herederos forzosos se encuentran bajo la protección de la ley, que les concede una parte de los bienes del causante (esto varía en porcentajes en las diferentes comunidades autónomas españolas, excepto en Navarra). De acuerdo con el art.807 del Código Civil -EDL 1889/1-, en primer lugar se mencionan los descendientes, en ausencia de ellos los ascendientes y, en todos los casos, el cónyuge viudo en la forma y el nivel que establezca la ley.

EL DERECHO A LA HERENCIA Y SU VALORACIÓN EN EL CÓDIGO CIVIL

Para ser heredero, es imprescindible cumplir con tres requisitos fundamentales. El primero es contar con un título sucesorio, que otorga el derecho a recibir la herencia del fallecido a través de testamento, pacto o ley. El segundo es ser el sobreviviente del causante, y el tercero es tener la capacidad para suceder.

Es importante mencionar que, independientemente de que el causante haya dejado testamento o no, en caso de existir herederos forzosos se debe realizar el cálculo de la legítima. Esta se divide entre el número de legitimarios para determinar la cantidad que corresponde a cada uno de ellos.

La satisfacción de la legítima se establece en función de cada legitimario, teniendo en cuenta si este ha recibido donaciones inter vivos que puedan perjudicar su parte de la herencia. En caso necesario, se pueden reducir las disposiciones inoficiosas para proteger los derechos de los herederos legítimos. Una vez hecho esto, se realizan las operaciones de computación, imputación y atribución para determinar el monto exacto de la legítima.

Así, se garantiza que todos los beneficiarios reciban su parte justa de la herencia. Estos cálculos son esenciales en la sucesión de bienes, ya que aseguran que los derechos de los herederos legítimos sean respetados.

División forzosa de una sucesión controvertida

En caso de que existan conflictos en la partición de una herencia y alguno de los herederos no esté de acuerdo con el reparto propuesto, existe la posibilidad de acudir a la partición judicial de la herencia. En ese caso, el juzgado designará a un contador partidor encargado de elaborar el cuaderno particional. Este documento detallará los bienes que corresponden a cada heredero en cuestión.



Cuando la partición realizada por el contador-partidor no sea aprobada por los herederos en conflicto, esta será revisada por el Letrado de la Administración de Justicia o por un Notario mediante una escritura pública. De esta forma, se garantiza una distribución justa y equitativa de la herencia en cuestión.



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Alternativas para eludir el pago de la herencia legal

Antes de adentrarnos en las posibles formas de evitar el pago de la legítima, es importante tener en cuenta su funcionamiento. La legítima equivale a un tercio de los bienes del fallecido y debe ser concedida a sus herederos forzosos. Esto significa que, aunque no haya testamento o éste no distribuya los bienes según la ley, quienes hayan recibido propiedad del difunto deben otorgar su porción correspondiente a los legitimarios.

Existen dos opciones para saldar la legítima: mediante dinero o mediante bienes de valor equivalente, en caso de preferirlo o no tener suficiente efectivo para cumplir con dicha deuda. El plazo para reclamar el pago es de diez años y el tiempo que tienen los herederos para cumplir con la legítima depende de lo que acuerden entre sí.

Sin embargo, hay dos situaciones generales en las que no será necesario pagar la legítima. La primera es si el fallecido realizó una donación en vida. En este caso, él tenía libertad para elegir a quién deseaba legar sus bienes. Además, las donaciones en vida no pueden ser revocadas después de la muerte, por lo que los legitimarios no podrán reclamar aquellas propiedades que sean objeto de una donación previa.

LA EXCLUSIÓN DE LA HERENCIA SEGÚN EL CÓDIGO CIVIL

La figura legal de la desheredación, similar a la indignidad, es defendida por X. O’Callaghan Muñoz. Según el Código, se trata de una "disposición testamentaria mediante la cual el fallecido priva al heredero legal de su calidad y parte legítima, basándose en una de las causas específicas establecidas por la ley [52]."

De acuerdo a esta relación, solo en casos gravísimos y excepcionales el fallecido puede privar al heredero legal de su parte legítima, como se detalla en los artículos 813 y 848 del Código Civil EDL 1889/1. Por otro lado, si el heredero legal es privado de su parte legítima sin una causa de desheredación válida, él/ella queda...

En este sentido, podemos observar una limitación al principio de libertad testamentaria, un concepto ampliamente utilizado en el Derecho anglosajón durante el siglo XX bajo el nombre de "freedom of testation". Este principio ha sido cuestionado por los usos y prácticas legales [53]. Según O’Callaghan, la desheredación es una forma de ser privado/extinguirse de la parte legítima. Puede ocurrir mediante una justa causa, que es la regulada por nuestro Código, o bien...

Además, según Lasarte [55], se considera que una desheredación es injusta cuando, a pesar de cumplir los requisitos formales, está basada en una causa que no está contemplada por la ley. Estas causas, por razones obvias, no pueden ser interpretadas de manera extensiva o por analogía.

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